Importe (Sin Imp.)
163.394,99 €
Total: 163.394,99 €
Valor Estimado
767.956,45 €
Expediente
2026000032
Plazo Presentación
13/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios sociales y de salud
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
11 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Se estable la posibilidad de realizar tres prórrogas de un año cada una, que abarcarán desde el día 16 de septiembre del año en que se prorrogue, hasta el día 15 de septiembre del año siguiente, siempre y cuando se renueve la delegación de competencia de la prestación de atención infantil temprana de la Consejería competente en materia de Salud de la Junta de Andalucía, a favor de este Ayuntamiento, por lo que la duración máxima del contrato será de tres años y once meses.
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor me-dio anual del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de los servicios y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, y a falta de éstos, mediante una declaración responsable de la empresa acompañada de los documentos obrantes en poder de la misma que acrediten la realización de la prestación. Personal técnico a adscribir al contrato, debiendo contar éste con experiencia acreditada, como mínimo, de seis meses de realización de servicios en un Centro de Atención e Intervención Temprana (CAIT), concertado con la Junta de Andalucía o CAIT municipal con delegación de competencia de la Junta de Andalucía. Estas personas profesionales deberán ser las mismas que la empresa adjudicataria haya presentado para valoración en las mejoras automáticas de los criterios de adjudicación (cláusula décima).
La solvencia económica y financiera de la empresa, para cada lote, deberá acreditarse por el volumen anual de negocios de la empresa licitadora, que referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos concluidos deberá ser, al menos una vez el valor medio anual de la licitación, IVA excluido. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. Los empresarios individuales inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, mediante las declaraciones del IVA presentadas en el periodo citado, teniendo en cuenta la suma de los importes declarados en concepto de base imponible que figuran en las declaraciones trimestrales. Cuando por una razón válida una empresa no estuviera en condiciones de presentar los certificados o documentos acreditativos señalados, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.