Importe (Sin Imp.)
561.643,52 €
Total: 561.643,52 €
Valor Estimado
1.347.944,44 €
Expediente
15814/2025
Plazo Presentación
16/10/2026 (15:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios financieros: a) servicios de seguros; b) servicios bancarios y de inversión
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Podrá prorrogarse por períodos anuales hasta un máximo de dos (2) anualidades más. De sufrir variación las tasas de primas y condiciones, la entidad aseguradora, con seis meses de antelación al vencimiento de la póliza de que se trate, deberá remitir al Ayuntamiento la propuesta de tasas y condiciones a regir en la siguiente anualidad. No obstante, el contrato podrá denunciarse por cualquiera de las partes contratantes con seis meses de antelación al vencimiento del periodo de duración inicial. Asimismo, si al vencimiento del contrato, no se hubiera formalizado el nuevo acuerdo que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el adjudicatario, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del siguiente y, en todo caso, por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones, no pudiendo oponerse a la prórroga el adjudicatario siempre que el anuncio de la nueva licitación se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Los empresarios deberán presentar una relación de los PRINCIPALES CONTRATOS DE SEGURO en el ramo del lote para el que haya sido propuesto adjudicatario, realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos conforme a lo dispuesto en la cláusula 23 del PCAP No obstante, los licitadores a cuyo favor se proponga la adjudicación de uno o varios lotes cuyo importe acumulado no exceda de 35.000,00 euros estarán exentos de acreditar la solvencia técnica conforme al artículo 11.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En el caso de que la cuantía acumulada de los lotes cuya adjudicación se haya propuesto superen la cuantía de 35.000 euros, las entidades licitadoras deberán acreditar la solvencia técnica o profesional conforme a los requisitos mínimos de solvencia anteriormente indicados.
Los empresarios deberán acreditar VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, conforme a la cláusula 23 del PCAP. No obstante, los licitadores a cuyo favor se proponga la adjudicación de uno o varios lotes cuyo importe acumulado no exceda de 35.000,00 euros estarán exentos de acreditar la solvencia económica y financiera conforme al artículo 11.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En el caso de que la cuantía acumulada de los lotes cuya adjudicación se haya propuesto superen la cuantía de 35.000 euros, las entidades licitadoras deberán acreditar la solvencia económica y financiera conforme a los requisitos mínimos de solvencia anteriormente indicados.