Importe (Sin Imp.)
463.444,01 €
Total: 560.767,25 €
Valor Estimado
463.444,01 €
Expediente
2540/2026
Plazo Presentación
5/10/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
12 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Manual
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Plazo garantía adicional | 15 | Matemático |
| Menor plazo ejecución de obra | 15 | Matemático |
| Mejor oferta económica | 70 | Matemático |
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica o profesional. La Solvencia Técnica del empresario, se entenderá acreditada por la concurrencia de las dos siguientes: Por aquellas empresas que hayan realizado al menos 2 obras de similares características a las del presente contrato, por importe igual o superior al del valor económico estimado del presente contrato, en los últimos 5 años, avalados por certificados de buena ejecución. Declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Ver cláusula sexta del PCAP
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica, financiera. La Solvencia Económico Financiera se entenderá acreditada por aquellos licitadores cuyo volumen de facturación anual referido al menos a uno de los tres últimos ejercicios inmediatamente anteriores al del 2026, sea igual o superior al valor económico estimado del presente contrato. También deberá acreditarse el justificante de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del presente contrato. Ver cláusula sexta del PCAP