Muelle Adosado Reina Sofía Sur
Importe (Sin Imp.)
45.323.902,19 €
Total: 48.496.575,34 €
Valor Estimado
45.323.902,19 €
Expediente
I-2025/12
Plazo Presentación
28/10/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Obras hidráulicas
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
20 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoCriterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Solución técnica | 5 | Juicio de Valor |
| Tecnología I+D+i | 1 | Juicio de Valor |
| Precio del contrato | 60 | Matemático |
| Programa de trabajos | 12 | Juicio de Valor |
| Memoria técnica/constructiva | 22 | Juicio de Valor |
Requisitos de Participación
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Los licitadores que no estén obligados a ostentar la clasificación estatal de obras podrán acreditar su solvencia técnica mediante su experiencia o trabajos realizados en los últimos cinco (5) años en la realización de obras del mismo tipo o naturaleza al que corresponde la presente licitación. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por 100 de la anualidad media del contrato, es decir, igual o superior a diecinueve millones treinta y seis mil treinta y ocho euros con ochenta y nueve céntimos (19.036.038,89 €).
El licitador deberá contar con las siguientes acreditaciones en vigor: Certificaciones bajo las Normas ISO 9001 y 14001 o equivalentes. Se aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes que presente el contratista, siempre y cuando quede justificado fehacientemente, mediante empresa certificadora acreditada, que aplica los métodos, normas y criterios precisos para cumplir con las Normas antes referidas.
Los licitadores que no estén obligados a ostentar la clasificación estatal de obras podrán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres (3) últimos disponibles deberá ser, al menos, una vez y media la anualidad media del contrato, es decir, al menos, cuarenta millones setecientos noventa y un mil quinientos once euros con noventa y un céntimos (40.791.511,91 €).