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Publicada: 16/9/2026Última actualización: 18/9/2026

Servicio de limpieza de los inmuebles de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz

Importe (Sin Imp.)

206.135,95 €

Total: 249.424,50 €

Valor Estimado

412.271,90 €

Expediente

202611000005

Plazo Presentación

16/10/2026 (14:00:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces

CPV

Servicios de limpieza de edificios.(90911200)

Lugar de Ejecución

Duración

1 Año(s)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

Posibilidad de 1 año

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Oferta económica80
Matemático
Bolsa de horas20
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Criterios Técnicos

De conformidad con el artículo 90 de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios afectados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Se deberán aportar al menos tres certificados emitidos por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; o por un sujeto privado si este es el destinatario de los servicios, o a falta de los mismos, mediante una declaración del empresario. Éstos indicarán importe, fecha y destinatarios de los trabajos. De conformidad con el artículo 90 LCSP, se ha optado por exigir la relación de los servicios ejecutados para garantizar que la posible empresa adjudicataria tiene la experiencia y capacidad suficiente en servicios similares a los que son objeto del contrato. Se ha establecido que en el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% al de la anualidad media del contrato o presupuesto base de la licitación, para permitir el acceso no restrictivo a la licitación, por ser una cuantía asumible y al mismo tiempo se demuestra experiencia real en la actividad objeto del contrato.

Tipo: Otros
Criterios Económico-Financieros

Compromiso de adscripción, a la ejecución del contrato, adscripción de un encargado del servicio integral de limpieza para la Subdelegación

Tipo: Otros

De conformidad con el artículo 87 de la LCSP el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados en por el Registro Mercantil. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 LCSP se ha optado por exigir a las empresas la presentación del volumen anual de negocio para garantizar que la posible adjudicataria tenga la solvencia económica suficiente para acometer las prestaciones objeto del contrato. Se ha fijado un umbral de una vez y media el valor anual medio del contrato, conforme a la regla general establecida en el artículo 87.3.a) de la LCSP, para permitir el acceso no restrictivo a la licitación y garantizar la concurrencia. Asimismo, la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato, siempre que se cuente con el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de la cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Tipo: Cifra anual de negocio
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