Importe (Sin Imp.)
23.681,70 €
Total: 28.654,85 €
Valor Estimado
118.408,50 €
Expediente
24/2026
Plazo Presentación
6/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de mantenimiento y reparación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
El contrato podrá prorrogarse cuatro (4) anualidades, estableciéndose una duración máxima de cinco (5) años.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| CRITERIO Nº1. Metodología del servicio | 25 | Juicio de Valor |
| CRITERIO Nº1: Mejor oferta económica | 55 | Matemático |
| CRITERIO Nº 2. Experiencia y formación del responsable del servicio | 20 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
Código: 7
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No prohibición para contratar
Código: 2
La solvencia técnica o profesional se regirá por lo dispuesto en las cláusulas 15, 16 y 17 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y por lo establecido en el apartado 12 del Anexo I del mismo, que los licitadores deberán analizar y cumplir en sus propios términos. Dichas solvencias sólo deberán ser acreditadas por la empresa con mejor puntuación, por lo que en este momento del procedimiento únicamente deberá aportarse la documentación prevista para el Sobre Uno en el apartado 20 del Anexo I.
La solvencia económica y financiera se regirá por lo dispuesto en las cláusulas 15, 16 y 17 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y por lo establecido en el apartado 12 del Anexo I del mismo, que los licitadores deberán analizar y cumplir en sus propios términos. Dichas solvencias sólo deberán ser acreditadas por la empresa con mejor puntuación, por lo que en este momento del procedimiento únicamente deberá aportarse la documentación prevista para el Sobre Uno en el apartado 20 del Anexo I.