Importe (Sin Imp.)
71.665,43 €
Total: 86.715,17 €
Valor Estimado
214.996,29 €
Expediente
22/2026
Plazo Presentación
6/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de mantenimiento y reparación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
El contrato podrá prorrogarse por anualidades, hasta una duración máxima de tres (3) años.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| CRITERIO Nº3. Metodología del servicio | 10 | Juicio de Valor |
| CRITERIO Nº2. Experiencia del responsable del servicio y del personal adscrito | 10 | Juicio de Valor |
| CRITERIO Nº1. Prueba práctica | 25 | Juicio de Valor |
| CRITERIO Nº1. Mejor oferta económica | 45 | Matemático |
| CRITERIO Nº2. Mejora en los tiempos de respuesta | 10 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
Código: 7
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
La solvencia técnica o profesional se regirá por lo dispuesto en las cláusulas 15 y 16 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y por lo establecido en el apartado 12 del Anexo I del mismo y en el apartado 2.8 del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que los licitadores deberán analizar y cumplir en sus propios términos. En este momento del procedimiento deberán aportarse en el Sobre Uno el DEUC, la documentación que proceda y los certificados de buena ejecución exigidos en el apartado 12 y relacionados expresamente en el apartado 20 del Anexo I, conforme a la cláusula 25 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
La solvencia económica y financiera se regirá por lo dispuesto en las cláusulas 15 y 16 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y por lo establecido en el apartado 12 del Anexo I del mismo, que los licitadores deberán analizar y cumplir en sus propios términos. Su acreditación únicamente será exigida a la empresa con mejor puntuación, en los términos previstos en el Anexo I y en la cláusula 28 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En este momento del procedimiento deberá aportarse el DEUC y la documentación que proceda prevista para el Sobre Uno en el apartado 20 del Anexo I y en la cláusula 25 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.