Redacción de proyecto básico y de ejecución del nuevo edificio de Ingeniería del Agua (4R) en el Campus de Vera de la Universitat Politècnica de València
Importe (Sin Imp.)
237.260,06 €
Total: 287.084,67 €
Valor Estimado
237.260,06 €
Expediente
MY26/VICC/SE/76
Plazo Presentación
23/11/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
Lugar de Ejecución
Duración
12 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Sostenibilidad ambiental del edificio | 9 | Juicio de Valor |
| Metodología de trabajo del consultor | 9 | Juicio de Valor |
| Oferta económica | 41 | Matemático |
| Experiencia del equipo | 10 | Matemático |
| Diseño del edificio | 31 | Juicio de Valor |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Ver apartado 17 del cuadro de características.
Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. Parte o partes del contrato que NO pueden ser objeto de subcontratación: - Diseño arquitectónico y funcional. - Cálculo y diseño estructural (incluyendo la cimentación del edificio). - Cálculo y diseño de instalaciones eléctricas y mecánicas. Se podrán subcontratar, como máximo, el 20% de los trabajos del objeto del contrato.
Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe de 500.000 eur que garantice el mantenimiento de la cobertura durante todo el período de garantía del contrato, incluyendo la responsabilidad del arquitecto autor del proyecto (Este apartado solo se puede exigir para actividades realizadas por profesionales, no es admisible para empresas).
Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años, por importe igual o superior a 350.000 eur. - Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o Registro Oficial en que deba estar inscrito. - Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil