Importe (Sin Imp.)
231.287,70 €
Total: 279.858,12 €
Valor Estimado
231.287,70 €
Expediente
53/2026
Plazo Presentación
30/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica | 85 | Matemático |
| Certificaciones Técnicas y Medioambientales | 6 | Matemático |
| Criterios Sociales y Mejora del Servicio | 9 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
Código: 7
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Solvencia técnica o profesional: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la LCSP, se acreditará mediante una relación de los principales servicios efectuados durante los tres (3) últimos años, que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando el importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. El año de mayor ejecución deberá ser, al menos, equivalente al 70% del valor estimado del contrato, esto es: 161.901,39 euros Acreditación de la solvencia técnica: mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se tomará como criterio de correspondencia la pertenencia de las actividades desarrolladas al CPV indicado en el presente pliego. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
Solvencia económica y financiera: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos. Requisitos mínimos de solvencia económica: Se considerará como volumen de negocio mínimo, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles, la cantidad equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año, IVA excluido, esto es: 346.931,55 Euros Acreditación de la solvencia económica: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.