Importe (Sin Imp.)
939.245,00 €
Total: 1.136.486,45 €
Valor Estimado
1.565.408,00 €
Expediente
29074/2026
Plazo Presentación
16/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Prorrogable hasta alcanzar una duración máxima de 5 años .
Opciones
La duración inicial del contrato es de 3 años, prorrogable hasta alcanzar una duración máxima de 5 años .
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 2.- Reducción Tiempo Resolución | 12 | Matemático |
| 3.- Mejora Técnica Disco Duro | 8 | Matemático |
| 4.- Mejora Técnica Memoria RAM | 10 | Matemático |
| 1.- % Baja Lineal Sobre Precios Unitarios | 60 | Matemático |
| 5.- Incremento Periodo Garantía | 10 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Se debe acreditar haber realizado suministros en alguno de los tres últimos años del mismo tipo o naturaleza que corresponde al objeto del contrato, que, en cómputo anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior al 70 % del presupuesto base de licitación.
Deberán acreditar estar posesión de las siguientes certificaciones o equivalentes: • ISO 9001 (Sistema de Gestión de la Calidad) o equivalente emitido por una entidad acreditada por ENAC. • ISO 20000 (Servicios de Gestión TI) o equivalente emitido por una entidad acreditada por ENAC. • ISO 27001 (Seguridad de la Información) o equivalente emitido por una entidad acreditada por ENAC.
PERSONAS FÍSICAS: Se debe acreditar disponer de seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, con una cobertura equivalente al triple del presupuesto base de licitación.
PERSONAS JURÍDICAS: Se debe acreditar que la relación entre el activo corriente y el pasivo corriente es superior a la unidad o, si fuera inferior, que su importe se pueda compensar con el valor del patrimonio neto, que ha de superar, en todo caso, el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución.