Importe (Sin Imp.)
1.250.000,00 €
Total: 1.250.000,00 €
Valor Estimado
3.340.000,00 €
Expediente
EM26-954
Plazo Presentación
16/10/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de mantenimiento y reparación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
El contrato se podrá prorrogar hasta dos años, en prórrogas anuales (1+1) siendo la prórroga potestativa para SASEMAR y obligatoria para el contratista hasta un total de 4 años. Cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mantenimiento preventivo precio | 60 | Matemático |
| Mantenimiento correctivo- Mano de obra en taller | 5 | Matemático |
| Mantenimiento correctivo- Sustitución de motor | 3 | Matemático |
| Mantenimiento preventivo plazo | 10 | Matemático |
| Mantenimiento correctivo Prueba en banco de motor | 3 | Matemático |
| MEMORIA TÉCNICA | 5 | Juicio de Valor |
| Mantenimiento correctivo- Mano de obra en campo | 5 | Matemático |
| mantenimiento correctivo Hibernación de motor | 2 | Matemático |
| mantenimiento correctivo compra de un motor | 2 | Matemático |
| Mantenimiento correctivo- Descuento en el suministro de repuestos | 5 | Matemático |
Situación Personal
Los licitadores deberán acreditar que disponen de un contrato o compromiso con el fabricante MAN
Capacidad de obrar
Código: 1
Art 90.1 a) LCSP Trabajos realizados: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos
Art. 90.1 h) LCSP Medios técnicos: Relación de los medios técnicos, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones. En especial se hará referencia expresa a: Relación de talleres de los que se disponga. En su caso podrán aportarse compromisos o acuerdos con talleres para hacerse cargo del Contrato. No se admitirán propuestas que incluyan menos de cinco talleres, ni aquellas que incluyan talleres a más de 500 Km de la base de la unidad marítima a la que debe asistir, midiéndose dicha distancia en línea recta desde cada base, ni aquellas que no incluyan un taller en Baleares y otro en Canarias. Los talleres propuestos deberán disponer de certificados otorgados por el fabricante del tipo Master MAN. La empresa adjudicataria deberá acreditar que dispone de un banco de pruebas fijo en sus instalaciones o aportar contrato de disponibilidad total que asegure que los equipos objeto de este contrato tengan prioridad, con el fin de garantizar la celeridad en los plazos de ejecución de intervenciones por mantenimiento programado/correctivo que así lo precisen. El banco de pruebas deberá ser apto técnica y legalmente, para efectuar rodajes y pruebas de acuerdo con los protocolos realizados por el fabricante de los equipos, al menos hasta la potencia máxima incluida en este expediente.
La empresa adjudicataria podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos especificados en el apartado posterior. En virtud del artículo 86.2 de la LCSP como alternativa a los requisitos de solvencia aquí solicitados los licitadores que posean clasificación GRUPO: Q SUBGRUPO: 2 CATEGORIA: 5, (o categoría d, modificada mediante Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). Podrán sustituir los requisitos de solvencia por la presentación de la clasificación. EN CASO DE NO TENERLA INDICAR NO PROCEDE
Art. 90.1 a) LCSP Calidad: Certificado ISO 9001 en reparación y mantenimiento de equipos marinos y embarcaciones o certificado equivalente en vigor conforme al art. 93.2 de la LCSP, en vigor.
La empresa adjudicataria deberá disponer al menos de dos técnicos debidamente cualificados mediante certificaciones o cursos emitidos por la empresa fabricante hasta la revisión overhaul, del tipo D3500 MASTER MECHANIC, STW/SIS/ET y entregas y pruebas de mar con E.T., o similares. Para su acreditación deberán presentar la titulación correspondiente.
Cifra anual de negocios (art. 87 LCSP): Deberá acreditarse mediante la presentación de una declaración responsable firmada en donde figure el volumen anual de negocios (tres últimas anualidades) por importe igual o superior al presupuesto máximo de licitación.