Importe (Sin Imp.)
87.184,24 €
Total: 105.492,93 €
Valor Estimado
87.184,24 €
Expediente
115/2026
Plazo Presentación
11/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| OFERTA ECONOMICA | 70 | Matemático |
| AMPLIACION PLAZO DE GARANTIA | 15 | Matemático |
| REDUCCION PLAZO EJECUCION | 15 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
a) Empresas con antigüedad igual o superior a 5 años. La solvencia económica técnica y profesional del empresario se acreditará mediante relación de las obras ejecutadas, que tuvieran características similares al que es objeto de la licitación, en el curso de los cinco últimos años avalada por certificados de buena ejecución que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y precisarán si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista. b) Empresas con antigüedad inferior a 5 años. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica y profesional del empresario se acreditará por alguno de los medios establecidos en los apartados b) a f) del artículo 88.1 LCSP.
Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, o desde la fecha de inicio de actividad si es menor, que deberá ser de importe igual o superior al valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales con una cobertura igual o superior al valor estimado del contrato. La póliza deberá estar vigente hasta el final del plazo para presentar ofertas y deberá aportar, además, el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato y su plazo de garantía, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y los riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.