Importe (Sin Imp.)
58.308,70 €
Total: 70.553,53 €
Valor Estimado
58.308,70 €
Expediente
37/2026
Plazo Presentación
13/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Medidas adicionales de separación y control documental de residuos | 5 | Matemático |
| Reducción del plazo de ejecución | 10 | Matemático |
| Copias de seguridad y conservación adicional de la información | 10 | Matemático |
| Servicio de asistencia técnica y tiempo de respuesta | 15 | Matemático |
| Ampliación de la formación al personal municipal | 10 | Matemático |
| Ampliación del plazo de garantía de la obra | 15 | Matemático |
| Control y comprobaciones adicionales del sistema | 10 | Matemático |
| Valorización de los residuos susceptibles de valorización | 5 | Matemático |
| Memoria sobre las condiciones de ejecución de obra y programa de trabajos | 20 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco (5) últimos años, avalada por certificados de buena ejecución, en los términos previstos en el artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Se considerará acreditada la solvencia técnica cuando el importe anual acumulado de las obras ejecutadas en el año de mayor ejecución, dentro del período indicado, sea igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato, esto es, CUARENTA MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS.
La solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante una declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por un importe mínimo equivalente al valor estimado del contrato, esto es, CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHO EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS. La acreditación se efectuará mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.