Reparación de daños en techo del centro municipal de arte contemporáneo "Francisco Fernández" de Torreblascopedro, en el marco del Real Decreto 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura
Importe (Sin Imp.)
110.375,57 €
Total: 133.554,44 €
Valor Estimado
110.375,57 €
Expediente
286/2026
Plazo Presentación
13/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Otros acabados de edificios y obras
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
4 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoPrórrogas y Modificaciones
Prórrogas
No cabe prórroga del contrato
Opciones
Ver cláusula quinta del PCAP
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| MEJOR OFERTA ECONÓMICA | 70 | Matemático |
| AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE GARANTÍA | 30 | Matemático |
Requisitos de Participación
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Se entenderá acreditada por los siguientes medios: 1)Por aquellas empresas que hayan realizado al menos 3 obras de similares características a las del presente contrato. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente
Se entenderá acreditada por los siguientes medios: 1)Volumen anual de la cifra de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato. Dicha aptitud se acreditará mediante aportación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. 2)También deberá acreditarse el justificante de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del presente contrato. Ver cláusula sexta del PCAP