Importe (Sin Imp.)
1.190.754,01 €
Total: 1.440.812,35 €
Valor Estimado
1.190.754,01 €
Expediente
0064500-26
Plazo Presentación
13/10/2026 (12:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
8 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| LOTE 1. Cláusula 16.A.1: Plan de coordinación con el LOTE 2 | 10 | Juicio de Valor |
| LOTE 2. Claúsula 16.B.2: Oferta económica | 75 | Matemático |
| LOTE 2. Cláusula 16.B.1.a: Plan de trabajos | 9 | Juicio de Valor |
| LOTE 2. Cláusula 16.B.1.b: Plan de protección del arbolado existente | 8 | Juicio de Valor |
| LOTE 2. Cláusula 16.B.1.c: Plan de protección del suelo | 8 | Juicio de Valor |
| LOTE 1. Cláusula 16.A.2: Oferta económica | 90 | Matemático |
Situación Personal
LOTE 1: Cláusula 13.1.a: Declaración responsable de la condición de empresa instaladora habilitada en baja tensión, en los términos del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, conforme al artículo 65.2 de la LCSP.
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
LOTE 1: Cláusula 13.1.c: Relación de las obras ejecutadas de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato en el curso de los cinco últimos años, avaladas por certificados de buena ejecución, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de dicho periodo, que sea igual o superior a 179.909,87 € (IVA no incluido), que se corresponde con el 70 % del valor estimado del contrato. A efectos del Vocabulario Común de Contratos Públicos, la codificación correspondiente es 45316400-6, instalación de equipo de alumbrado exterior. Para equiparar trabajos similares al objeto del contrato se atenderá a los cuatro primeros dígitos del código ------------------------ Para las EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN conforme a la definición contenida en el artículo 88.2 de la LCSP, la solvencia técnica se podrá acreditar mediante: - Jefe de obra: con titulación de Ingeniero/a Industrial o Ingeniero/a Técnico/a Industrial, especialidad eléctrica, o titulación que habilite de forma equivalente, con experiencia mínima de 3 años en instalaciones de alumbrado público o de baja tensión. - La declaración de la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras. ----------------------- Cláusula 13.1.d: de conformidad con el artículo 77.1 a) de la LCSP, para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, el empresario podrá acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista de obras en: - Grupo I. Instalaciones eléctricas. - Subgrupo I-1. Alumbrados, iluminaciones y balizamientos luminosos. - Categoría 2. Cuantía superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000 euros. ------------------------------------ LOTE 2: Cláusula 13.2: De conformidad con el artículo 77.1 a) de la LCSP, los licitadores deben acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato: - Grupo K. Especiales.- Subgrupo 6. Jardinería y plantaciones.- Categoría 4. Cuantía superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros.
LOTE 1: Cláusula 13.1.b: Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios por un importe mínimo de 385.521,15 € (IVA no incluido), 1,5 veces el valor estimado del contrato conforme al artículo 87 de la LCSP ------------ Cláusula 13.1.d: de conformidad con el artículo 77.1 a) de la LCSP, para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, el empresario podrá acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista de obras en: - Grupo I. Instalaciones eléctricas. - Subgrupo I-1. Alumbrados, iluminaciones y balizamientos luminosos. - Categoría 2. Cuantía superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000 euros.------------------ LOTE 2: Cláusula 13.2: De conformidad con el artículo 77.1 a) de la LCSP, los licitadores deben acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato: - Grupo K. Especiales.- Subgrupo 6. Jardinería y plantaciones.- Categoría 4. Cuantía superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros.