Importe (Sin Imp.)
2936,92 €
Total: 3553,67 €
Valor Estimado
2936,92 €
Expediente
CEFCA-2026-00027
Plazo Presentación
5/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de arquitectura; servicios de ingeniería y servicios integrados de ingeniería; servicios de planificación urbana y servicios de arquitectura paisajista. Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología. Servicios de ensayos y anílisis tícnicos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
10 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Experiencia específica de la Dirección Facultativa | 30 | Matemático |
| Precio | 70 | Matemático |
Situación Personal
Conforme a lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, nos encontramos ante una obra que tiene por objeto la construcción de las edificaciones indicadas en el grupo c) del apartado 1 del artículo 2, por lo que, conforme a los artículos 12 y 13, y la obra a realizar las titulaciones habilitantes serán: - Dirección de obra: Arquitectura, Arquitectura técnica, Ingeniería o ingeniería técnica y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus especialidades y competencias específicas; además, deberá cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En el presente contrato, dadas las características técnicas de la obra a realizar, se requiere la titulación de Ingeniero Técnico Industrial en la rama de electricidad o un Ingeniero Industrial en la rama de electricidad o Graduado en Ingeniería eléctrica. - Dirección de ejecución de la obra: puede ser desempeñada, indistintamente, por profesionales con la titulación de Arquitectura, Arquitectura técnica, Ingeniería o Ingeniería técnica, siempre y cuando cumplan las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión.
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Haber realizado en los tres últimos años, al menos, tres contratos de servicios similares o superiores características a las del objeto del contrato, entendiendo por tales aquellos servicios de dirección de obra y/o de ejecución de obra cuyo importe individualizado sea igual o superior al 50% del valor estimado del contrato (igual o superior a 1.468,46 €). Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente de los servicios prestados o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en su poder que acrediten la realización de la prestación.
SÓLO LAS EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, podrán acreditar su solvencia técnica mediante la aportación de las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. Así, el personal que se vaya a adscribir al contrato deberá disponer de la siguiente titulación y experiencia: a) Dirección de obra: Titulación: Ingeniería Técnica Industrial en la rama de electricidad o Ingeniería Industrial en la rama de electricidad o Graduado en Ingeniería eléctrica. Experiencia: haber ejercido la dirección facultativa de, al menos, tres obras de instalaciones eléctricas en los últimos tres años b) Dirección de ejecución de la obra: Titulación: Arquitectura, Arquitectura Técnica, Ingeniería o Ingeniería Técnica. Experiencia: haber ejercido la dirección de ejecución de obra de, al menos, tres obras de instalaciones eléctricas en los últimos tres años. Se acreditará mediante copia de la titulación del personal que se vaya a adscribir al contrato, así como la documentación acreditativa de que dicho personal ha realizado en los últimos tres años, al menos, tres trabajos de dirección facultativa y/o de ejecución de obra, según corresponda.
Seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales en caso de resultar adjudicatario. Seguro de indemnización por riesgos profesionales por un importe mínimo de 100.000,00 €. Riesgos cubiertos: Responsabilidad civil profesional, daños a expedientes, inhabilitación profesional, sanciones. Se acreditará mediante copia de la póliza de seguro y del recibo de pago o certificado expedido por la Compañía aseguradora en el que se indiquen las fechas de vigencia de la póliza y el capital asegurado, acompañado de un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.