Importe (Sin Imp.)
54.658,79 €
Total: 66.137,13 €
Valor Estimado
109.317,58 €
Expediente
GEX/399/2026
Plazo Presentación
30/9/2026 (19:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
12 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Urgente
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Pudiendo ser prorrogado, mediante acuerdo entre las partes, de una única prórroga de 12 meses más (un año), siempre que no medie denuncia del contrato por alguna de las partes, que deberá efectuarse con una antelación de 2 meses a la fecha de finalización del plazo de duración del contrato.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta Económica | 80 | Matemático |
| Compromiso de aumento frecuencia prestación de mensual a quincenal limpieza cristales | 20 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, ejecutadas con la Administración Pública o con otros organismos y entidades del sector público o privado, en el curso de los tres últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de los servicios y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En su caso, el importe mínimo a considerar en el año de mayor ejecución será de 76.522 euros. Asimismo, la solvencia podrá ser acreditada directamente mediante documento acreditativo de que la mercantil dispone de la siguiente clasificación empresarial: Grupo U. Subgrupo 1. Categoria 1. La acreditación de disponer de la solvencia económica y financiera también podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo del Anexo IV del PCAP.
Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por importe igual o superior a 500.000,00 euros.
El volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el presente contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen mínimo anual exigido será de 163.976,37 euros, fijado teniendo en cuenta la limitación de que el importe no sea superior a 1,5 veces el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará , por uno de los siguientes Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En su defecto, al objeto de preservar el principio de concurrencia, podrá presentar cualquier modelo oficial declarado ante la Agencia Tributaria donde quede reflejado el volumen anual de negocios, como son Declaraciones Tributarias Anuales de IVA (modelo 390) o Impuesto sobre Sociedades(modelo 200).Asimismo, la solvencia podrá ser acreditada directamente mediante documento acreditativo de que la mercantil dispone de la siguiente clasificación empresarial: Grupo U. Subgrupo 1. Categoria 1. La acreditación de disponer de la solvencia económica y financiera también podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario.a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo del Anexo IV del PCAP.