Importe (Sin Imp.)
269.845,17 €
Total: 326.512,66 €
Valor Estimado
269.845,17 €
Expediente
601/2024_CC
Plazo Presentación
15/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
No especificada
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Menor plazo de ejecución de obra | 30 | Matemático |
| Aumento del plazo de garantía inicial | 20 | Matemático |
| Oferta económica | 50 | Matemático |
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica o profesional. Se entenderá acreditada por la concurrencia de las dos siguientes: 1. Por aquellas empresas que hayan realizado al menos 2 obras de similares características a las del presente contrato, por importe igual o superior al del valor económico estimado del presente contrato, en los últimos 5 años, avalados por certificados de buena ejecución. 2. Declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Ver cláusula sexta y séptima del PCAP.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica y financiera. Se entenderá acreditada por aquellos licitadores cuyo volumen de facturación anual referido al menos a uno de los tres últimos ejercicios inmediatamente anteriores al del 2026, sea igual o superior al valor económico estimado del presente contrato. Dicho criterio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. También será admisible la declaración del Impuesto de Sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el valor añadido (Modelo 390). También deberá acreditarse el justificante de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del presente contrato. Ver cláusula sexta y séptima del PCAP.