Importe (Sin Imp.)
16.000,00 €
Total: 19.360,00 €
Valor Estimado
16.000,00 €
Expediente
2026000035
Plazo Presentación
28/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Privado
Subtipo
-
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Día(s)
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo, asignándole la máxima puntuación de 100 puntos, y la oferta que sea igual al presupuesto base de licitación, IVA excluido, obtendrá 0 puntos. El resto de ofertas, se puntuarán de forma proporcional lineal, comparando la baja, sobre el presupuesto base de licitación, sin IVA, ofrecida por cada una de las empresas con la de la empresa que obtenga la mejor puntuación. | 100 | Matemático |
Descripción de Solvencia
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
La solvencia técnica de la empresa, además de por la exclusividad aportada, se acreditará por una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50 por ciento del valor estimado del contrato. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la empresa acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
La solvencia económica y financiera de la empresa deberá acreditarse por el volumen anual de negocios de la empresa licitadora, que referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el 50 por ciento del valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. Los empresarios individuales inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, mediante las declaraciones del IVA presentadas en el periodo citado, teniendo en cuenta la suma de los importes declarados en concepto de base imponible que figuran en las declaraciones trimestrales. Cuando por una razón válida una empresa no estuviera en condiciones de presentar los certificados o documentos acreditativos señalados, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.