Importe (Sin Imp.)
65.335,56 €
Total: 65.335,56 €
Valor Estimado
340.008,88 €
Expediente
2026-037
Plazo Presentación
19/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios financieros: a) servicios de seguros; b) servicios bancarios y de inversión
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Posibilidad de 4 prórrogas anuales
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Precio más bajo | 90 | Matemático |
| Franquicia ofertada | 10 | Matemático |
Situación Personal
Autorización administrativa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, acreditativa de la autorización para operar en el ramo al que pertenece el seguro objeto de la presente contratación y regulada en el AR. 20 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras
Capacidad de obrar
Código: 1
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No prohibición para contratar
Código: 2
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Especificación de los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación
Declaración sobre las principales pólizas de seguro de daños materiales suscritas durante los tres últimos años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios se acreditarán mediante certificaciones expedidas o visadas por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Como mínimo deberán presentarse dos certificados con un importe total de primas anuales en cada uno igual o superior a 22.000,00 euros
Según lo establecido en el PCAP