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Publicada: 18/9/2026Última actualización: 18/9/2026

Contrato mixto de suministro de materiales, obras y servicios para la ejecución de las obras adscritas al programa de fomento de empleo agrario, convocatoria 2026, de La Carlota (Córdoba).

Importe (Sin Imp.)

283.577,43 €

Total: 343.128,69 €

Valor Estimado

311.935,17 €

Expediente

GEX 2026/10146 La Carlota

Plazo Presentación

16/10/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Suministros

Subtipo

Adquisición

CPV

Mobiliario urbano., Materiales de construcción., Alquiler de maquinaria para movimiento de tierras con maquinista., Servicios relacionados con desperdicios y residuos., Obras viales., Materiales para obras de construcción., Suministros para canalizaciones., Árboles., Tapas de registro.(34928400, 44110000, 45520000, 90500000, 45233140, 44111000, 44162100, 03452000, 44423740)

Duración

No especificada

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

Plazo de finalización 31 de diciembre de 2027, salvo que se conceda una prórroga por el SEPE, en cuyo caso el plazo de ejecución quedará ampliado, automáticamente, hasta la fecha en que dicha prórroga concluya.

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Oferta económica100
Matemático

Requisitos de Participación

Condiciones Generales

Situación Personal

Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT.

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Código: 9

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

No prohibición para contratar

Código: 2

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Criterios Técnicos

Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica o profesional según lo dispuesto en los artículos 88, 89 y 90 de la LCSP, por los medios siguientes: - Relación de los principales servicios, suministros u obras del mismo tipo-naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato, realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado, de los mismos. - Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. - La acreditación de la solvencia en el LOTE Nº 4: Hormigón procedente de central se efectuará, además de lo expuesto, mediante una descripción de las instalaciones técnicas de las que dispone el licitador para cumplir con el objeto del contrato (Planta de hormigón) y de las medidas empleadas para garantizar la calidad requerida en el pliego de prescripciones técnicas. A su vez, de acuerdo con el art. 95 de la LCSP se exigirá como información y documentación complementaria, en el caso de que sea necesario, la presentación de la escritura pública de constitución en la que se refleje, claramente, que el objeto social de la entidad es la ejecución de la prestación objeto del lote nº 4. El requisito mínimo de solvencia será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50% del valor estimado del lote en cuestión, IVA no incluido. En su caso, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP, relativo a la integración de la solvencia con medios externos. Respecto a las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, se estará a lo dispuesto en los artículos 88, 89.1.h) y 90.4 de la LCSP De conformidad con el artículo 77 de la LCSP, no será exigible la clasificación del empresario. No obstante, en caso de estar el empresario clasificado podrá acreditar su solvencia mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al objeto del contrato.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los cinco últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al 50% del valor estimado en relación con cada uno de los lotes. Se ha optado por esta opción en base a lo estipulado en el apartado 6º de la Memoria justificativa del contrato, donde los firmantes de la misma entienden que si la empresa licitadora ha ejecutado contratos en el mismo ámbito del que actualmente se está licitando por un volumen de 50% del valor estimado del contrato para cada lote, en uno de los últimos cinco años, va a tener solvencia económica para poder gestionar el mismo. Dicho volumen anual de negocios se acreditará con la presentación de uno de los siguientes documentos: -Si la empresa fuera persona jurídica: Certificado del Importe Neto de la Cifra de Negocios, emitido por la Agencia Tributaria Estatal, que podrá obtenerse en la siguiente dirección de Internet: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G315.shtml. En su defecto, el volumen de anual de negocios del licitador se podrá acreditar con la presentación del modelo correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal (modelo 200 para sociedades o modelo 390 resumen anual de IVA). -Si se trata de profesional o empresario individual: Modelo 390 resumen anual de IVA presentado ante la Agencia Tributaria Estatal. Declaración Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En caso de uniones temporales de empresarios, a los efectos de solvencia económica y financiera, se estará a lo regulado en el artículo 69 LCSP. En relación a la integración de solvencia con medios externos, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. No obstante, en caso de estar el empresario clasificado podrá acreditar su solvencia mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al objeto del contrato.

Tipo: Cifra anual de negocio

Lotes(12)

Códigos CPV
Códigos CPV
Criterios técnicos
La acreditación de la solvencia en el LOTE Nº 4: Hormigón procedente de central se efectuará, además de lo expuesto, mediante una descripción de las instalaciones técnicas de las que dispone el licitador para cumplir con el objeto del contrato (Planta de hormigón) y de las medidas empleadas para garantizar la calidad requerida en el pliego de prescripciones técnicas. A su vez, de acuerdo con el art. 95 de la LCSP se exigirá como información y documentación complementaria, en el caso de que sea necesario, la presentación de la escritura pública de constitución en la que se refleje, claramente, que el objeto social de la entidad es la ejecución de la prestación objeto del lote nº 4.
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