Importe (Sin Imp.)
N/D
0Valor Estimado
-
Expediente
GEX 8182/2026
Plazo Presentación
30/9/2026 (18:00:00)
Tipo de Contrato
Patrimonial
Subtipo
Concesión demanial
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
16 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| PRECIO DE LA ENERGÍA ADICIONAL | 15 | Matemático |
| CALIDAD TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN | 15 | Juicio de Valor |
| MEJORAS EN GARANTÍAS, VIDA ÚTIL Y REVERSIÓN | 10 | Juicio de Valor |
| PLAZO DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO | 5 | Matemático |
| CANON ECONÓMICO | 10 | Matemático |
| PLAN DE MANTENIMIENTO Y MONITORIZACIÓN | 10 | Juicio de Valor |
| ENERGÍA ANUAL GRATUITA OFERTADA | 30 | Matemático |
| PARTICIPACIÓN MUNICIPAL EN INGRESOS | 5 | Matemático |
Situación Personal
Habilitación profesional y normativa técnica
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
El licitador requerido deberá acreditar solvencia técnica y profesional suficiente para ejecutar, legalizar, explotar y mantener instalaciones solares fotovoltaicas de características similares a las previstas en la concesión. A tal efecto, deberá aportar, como mínimo: - Relación de las principales instalaciones fotovoltaicas ejecutadas, legalizadas, explotadas o mantenidas durante los últimos cinco años, indicando potencia, emplazamiento, titular o destinatario, fecha de ejecución o explotación y alcance de los trabajos realizados. - Certificados de buena ejecución o documentación equivalente acreditativa de la realización satisfactoria de dichas instalaciones, cuando resulte posible. - Acreditación de disponer de empresa instaladora habilitada en baja tensión, o compromiso de contratarla, cuando dicha habilitación no la ostente directamente el licitador. - Identificación del equipo técnico mínimo adscrito a la concesión, incluyendo, al menos, responsable técnico del proyecto, técnico competente para la redacción y firma de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa cuando proceda, responsable de mantenimiento y responsable de coordinación con el Ayuntamiento. - Declaración de medios materiales, técnicos e informáticos disponibles para la ejecución, explotación, mantenimiento y monitorización de las instalaciones. - Compromiso de disponer de plataforma de monitorización accesible para el Ayuntamiento durante toda la vigencia de la concesión, en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
El licitador requerido deberá acreditar solvencia técnica y profesional suficiente para ejecutar, legalizar, explotar y mantener instalaciones solares fotovoltaicas de características similares a las previstas en la concesión. A tal efecto, deberá aportar, como mínimo: - Relación de las principales instalaciones fotovoltaicas ejecutadas, legalizadas, explotadas o mantenidas durante los últimos cinco años, indicando potencia, emplazamiento, titular o destinatario, fecha de ejecución o explotación y alcance de los trabajos realizados. - Certificados de buena ejecución o documentación equivalente acreditativa de la realización satisfactoria de dichas instalaciones, cuando resulte posible. - Acreditación de disponer de empresa instaladora habilitada en baja tensión, o compromiso de contratarla, cuando dicha habilitación no la ostente directamente el licitador. - Identificación del equipo técnico mínimo adscrito a la concesión, incluyendo, al menos, responsable técnico del proyecto, técnico competente para la redacción y firma de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa cuando proceda, responsable de mantenimiento y responsable de coordinación con el Ayuntamiento. - Declaración de medios materiales, técnicos e informáticos disponibles para la ejecución, explotación, mantenimiento y monitorización de las instalaciones. - Compromiso de disponer de plataforma de monitorización accesible para el Ayuntamiento durante toda la vigencia de la concesión, en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
El licitador requerido deberá acreditar solvencia técnica y profesional suficiente para ejecutar, legalizar, explotar y mantener instalaciones solares fotovoltaicas de características similares a las previstas en la concesión. A tal efecto, deberá aportar, como mínimo: - Relación de las principales instalaciones fotovoltaicas ejecutadas, legalizadas, explotadas o mantenidas durante los últimos cinco años, indicando potencia, emplazamiento, titular o destinatario, fecha de ejecución o explotación y alcance de los trabajos realizados. - Certificados de buena ejecución o documentación equivalente acreditativa de la realización satisfactoria de dichas instalaciones, cuando resulte posible. - Acreditación de disponer de empresa instaladora habilitada en baja tensión, o compromiso de contratarla, cuando dicha habilitación no la ostente directamente el licitador. - Identificación del equipo técnico mínimo adscrito a la concesión, incluyendo, al menos, responsable técnico del proyecto, técnico competente para la redacción y firma de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa cuando proceda, responsable de mantenimiento y responsable de coordinación con el Ayuntamiento. - Declaración de medios materiales, técnicos e informáticos disponibles para la ejecución, explotación, mantenimiento y monitorización de las instalaciones. - Compromiso de disponer de plataforma de monitorización accesible para el Ayuntamiento durante toda la vigencia de la concesión, en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
El licitador requerido podrá optar por acreditar la solvencia económica y financiera exigida en el PCAP mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda, cuando el licitador esté obligado a ello. En el caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, libros de inventarios y cuentas anuales legalizados, declaraciones tributarias o documentación equivalente. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
El licitador requerido podrá optar por acreditar la solvencia económica y financiera exigida en el PCAP mediante declaración sobre el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá resultar suficiente y proporcionado a la entidad económica de la concesión (408.449,96 euros). No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
El licitador requerido podrá optar por acreditar la solvencia económica y financiera exigida en el PCAP mediante justificación de disponer o comprometerse a disponer de seguro de responsabilidad civil adecuado al objeto de la concesión, sin perjuicio de los seguros específicos exigidos antes del inicio de las obras. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.