Importe (Sin Imp.)
242.660,16 €
Total: 293.618,79 €
Valor Estimado
519.213,22 €
Expediente
2026025118 (Ref. 2814)
Plazo Presentación
28/9/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
12 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Este contrato podrá prorrogarse expresamente por un año más hasta alcanzar una duración máxima (periodo inicial + prórrogas) de DOS AÑOS.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica | 80 | Matemático |
| Bolsa de horas de libre disposición | 15 | Matemático |
| Horas dedicadas a actividades de bienestar | 5 | Matemático |
Descripción de Solvencia
Ver artículo 10 del PCAP
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 173.231,52 €. La acreditación documental se efectuará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 87.1 apartado a) de la LCSP, se acreditará mediante: 1.- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o del inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, a lo establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Se considera como volumen de negocio mínimo, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles, la cantidad equivalente a 371.210,40 €. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuara por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviese inscrito en él y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, o mediante declaración del Impuesto sobre sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o, mediante declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa acompañada copia de las declaraciones tributarias que lo apoyen (IRPF o resumen anual de IVA).