Importe (Sin Imp.)
495,87 €
Total: 600,00 €
Valor Estimado
495,87 €
Expediente
353/2026
Plazo Presentación
11/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de informítica y servicios conexos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Formación adicional al personal municipal | 5 | Matemático |
| Condiciones de licenciamiento de la solución ofertada | 35 | Matemático |
| Oferta económica | 60 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse mediante el siguiente medio: — Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Se considerará acreditada la solvencia técnica o profesional cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, dentro de los tres últimos años, sea igual o superior a 347,11 euros, equivalente al 70 % de la anualidad media del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este o, a falta de dicho certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A efectos de determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al objeto del contrato, se atenderá a los códigos CPV correspondientes al objeto del contrato. En el caso de empresas de nueva creación, cuando resulte de aplicación lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante los medios previstos en dicho precepto que resulten adecuados al objeto del contrato.
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el siguiente medio: — Volumen anual de negocios: se exigirá un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de la oferta, por importe igual o superior a 495,87 euros, equivalente a la anualidad media del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, mediante las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Resultado
Adjudicado
Adjudicatario
HERBECON SYSTEMS SL
Importe Adjudicación
449,00 €
Licitadores
1