PENDIENTE DE ADJUDICACION
Publicada: 8/9/2026Última actualización: 1/10/2026

Contrato de concesión de servicios para la gestión del servicio público de educación infantil Virgen de Guadalupe en el Toscal Longuera

Importe (Sin Imp.)

225.000,00 €

Total: 225.000,00 €

Valor Estimado

960.420,20 €

Expediente

2026/5989

Plazo Presentación

22/9/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

22

Subtipo

-

CPV

Servicios de enseñanza preescolar.(80110000)

Lugar de Ejecución

Duración

No especificada

Procedimiento

Restringido

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

El contrato podrá ser objeto de DOS (2) prórrogas de UN (1) AÑO de duración cada una, correspondientes a los siguientes períodos: - Primera prórroga: del 1 de septiembre de 2028 al 31 de agosto de 2029. - Segunda prórroga: del 1 de septiembre de 2029 al 31 de agosto de 2030. La duración máxima de la concesión, incluidas las posibles prórrogas, será, por tanto, de CUARENTA Y CUATRO (44) MESES.

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
MEJORA 4 - Mejora del servicio de comedor6
Matemático
PROYECTO DE GESTIÓN EDUCATIVA Y ORGANIZATIVA DEL CENTRO40
Juicio de Valor
MEJORA 2 - Espacio de psicomotricidad y experimentación Maker Baby7
Matemático
MEJORA 5 - Programa de formación y acompañamiento a las familias6
Matemático
MEJORA 3 - Recursos interactivos adaptados3
Matemático
MEJORA 1 - Implantación de un espacio de aprendizaje inmersivo8
Matemático
PRECIO (MEJOR OFERTA ECONÓMICA)30
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Criterios Técnicos

De conformidad con el artículo 90.1.a) LCSP, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la experiencia en la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato. Los candidatos deberán acreditar haber gestionado, durante los tres últimos años, al menos un servicio de atención socioeducativa o educación infantil dirigido a niños y niñas de 0 a 3 años, de características iguales o similares al objeto del contrato, con una duración acumulada mínima de doce meses. Los servicios realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. La similitud entre los servicios acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se determinará atendiendo a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Entre los candidatos que cumplan los requisitos mínimos de solvencia establecidos anteriormente, el órgano de contratación seleccionará a aquellos que serán invitados a presentar proposición, conforme a los siguientes criterios objetivos. Se invitará a un mínimo de cinco candidatos y un máximo de siete, siempre que exista un número suficiente de candidatos que reúnan los requisitos establecidos. A) Experiencia específica en gestión de escuelas infantiles de 0 a 3 años: hasta 70 puntos Se valorará la experiencia acreditada en la gestión de escuelas infantiles o centros de atención socioeducativa dirigidos a niños y niñas de 0 a 3 años que exceda de la experiencia mínima exigida como solvencia. 1 punto por cada mes completo de experiencia adicional, hasta un máximo de 70. B) Sistemas de gestión de calidad: hasta 15 puntos Se otorgarán 15 puntos a los candidatos que acrediten disponer de un sistema de gestión de calidad implantado y certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 9001. Se admitirán certificados equivalentes . C) Sistemas de gestión ambiental: hasta 15 puntos Se otorgarán 15 puntos a los candidatos que acrediten disponer de un sistema de gestión ambiental certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 14001. Se admitirán certificados equivalentes.

Tipo: Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
Criterios Económico-Financieros

De conformidad con el artículo 87.1.a) LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las solicitudes de participación. El volumen anual de negocios correspondiente al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles deberá ser igual o superior a 250.000,00 euros. El volumen anual de negocios se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando, por una razón válida, el empresario no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado, en los términos establecidos en el artículo 86.1 LCSP.

Tipo: Cifra anual de negocio
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