Importe (Sin Imp.)
26.124,00 €
Total: 27.935,04 €
Valor Estimado
104.496,00 €
Expediente
CON/2026/35
Plazo Presentación
17/9/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Patrimonial
Subtipo
Autorización demanial
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Pudiendo ser prorrogado anualmente por dos cursos más exclusivamente, correspondiendo a los cursos escolares 2028-2029 y 2029-2030, hasta un total, incluido el periodo inicial, de cuatro cursos escolares; la prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 1.1.2 Subvención Municipal | 25 | Matemático |
| 2.1. Proyecto técnico | 30 | Juicio de Valor |
| 2.4. Aportación de materiales específicos para el desarrollo de las actividades complementarias | 2 | Juicio de Valor |
| 1.1.1 Precio cursos | 15 | Matemático |
| 1.2. Otros aspectos a valorar mediante fórmulas, | 11 | Matemático |
| 2.3. Mejoras en las actividades complementarias | 6 | Juicio de Valor |
| 2.2. Medios Materiales de la Empresa | 11 | Juicio de Valor |
Garantía Definitiva
0
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
a)Deberá acreditar la experiencia profesional, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acompañado de justificante, debiendo ser dichos servicios de carácter análogos a los que son objeto de contratación. La experiencia profesional podrá acreditarse a través de certificados de emitidos por la empresa pública o privada para la que se prestó el servicio y vida laboral. b)La empresa deberá acreditar disponer de formación adecuada en tareas pedagógicas relacionadas con las Artes Plásticas para el desarrollo de las clases, debiendo acreditarlo documentalmente acompañando el título oficial que lo acredite. Servirá de solvencia técnica, en caso de empresas de nueva creación de menos de cinco años de antigüedad, la recogida en el apartado b) Se entenderá que no existe solvencia técnica si no se acredita, en los términos recogidos en este artículo, la adecuada experiencia en la realización de actuaciones análogas a las que se destina el local en al menos los últimos tres años.
a)Deberá acreditar la experiencia profesional, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acompañado de justificante, debiendo ser dichos servicios de carácter análogos a los que son objeto de contratación. La experiencia profesional podrá acreditarse a través de certificados de emitidos por la empresa pública o privada para la que se prestó el servicio y vida laboral. b)La empresa deberá acreditar disponer de formación adecuada en tareas pedagógicas relacionadas con las Artes Plásticas para el desarrollo de las clases, debiendo acreditarlo documentalmente acompañando el título oficial que lo acredite. Servirá de solvencia técnica, en caso de empresas de nueva creación de menos de cinco años de antigüedad, la recogida en el apartado b) Se entenderá que no existe solvencia técnica si no se acredita, en los términos recogidos en este artículo, la adecuada experiencia en la realización de actuaciones análogas a las que se destina el local en al menos los últimos tres años.
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente, por importe no inferior al valor estimado del contrato (104.496 euros), así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará por medio póliza o certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, o mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.