PUBLICADA - EN REVISIÓN
Publicada: 22/9/2026Última actualización: 22/9/2026

Servicio de producción, organización, coordinación y presentación de la Gala del Deporte y Juventud, Expediente S-38/2026.

Importe (Sin Imp.)

4226,71 €

Total: 5114,32 €

Valor Estimado

16.906,84 €

Expediente

11712/2026

Plazo Presentación

7/10/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos

CPV

Servicios de organización de espectáculos deportivos.(92622000)

Lugar de Ejecución

Duración

1 Año(s)

Procedimiento

Abierto simplificado

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

La prórroga será anual

Opciones

3 prórrogas anuales.

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Contratación y gestión de una actuación artística durante la Gala31
Matemático
Aportación de elementos gráficos, decorativos y soportes de comunicación adicionales20
Matemático
Mejor oferta económica49
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Código: 8

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

Capacidad de obrar

Código: 1

No prohibición para contratar

Código: 2

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Criterios Técnicos

Las empresas acreditarán su solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (art. 90.1. a) de la LCSP). Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente , cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los certificados aportados por los licitadores acreditativos de la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los propios de este contrato deberán alcanzar un importe anual acumulado igual o superior a 11.834,79 € en el año de mayor ejecución de los tres (3) últimos ejercicios concluidos (70 % de la anualidad media del contrato. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

Las empresas deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 25.360,26 € (art. 87.1.a) de la LCSP). El volumen anual de negocios podrá acreditarse a través de los siguientes medios: • Certificado de la Cifra Anual de Negocios, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). • Certificación o asiento de presentación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de sus cuentas anuales, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario mediante la Certificación o asiento de presentación de las cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, debiendo ir acompañadas en ambos casos de las cuentas presentadas. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante Certificación Registral o asiento de presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.

Tipo: Cifra anual de negocio
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