Importe (Sin Imp.)
185.040,36 €
Total: 223.898,84 €
Valor Estimado
986.110,16 €
Expediente
72/2026
Plazo Presentación
19/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción general de inmuebles y obras de ingeniería civil
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
6 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Distancia desde el domicilio social del licitador hasta el emplazamiento de las obras objeto del contrato | 5 | Matemático |
| Precio | 95 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, especificando el importe, las fechas y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato de la Fase 2 (129.528,25 € IVA excluido). • En el caso de tratarse de obras realizadas para destinatarios públicos, será necesario aportar certificados de buena ejecución emitidos por dichos destinatarios. • En el caso de tratarse de obras realizadas para destinatarios privados, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del licitador (Anexo 5) acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que una obra es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos del código CPV de este contrato [45215222-9]. No obstante, la acreditación de la solvencia técnica podrá ser sustituida por lo que conste en el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o Registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que conste la clasificación en el grupo C (“EDIFICACIONES”). El referido certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación (Anexo 6).
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios, conforme al artículo 87 de la LCSP: Volumen anual de negocios o Seguro de indemnización por riesgos profesionales. - Seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a al menos el valor estimado del contrato de la Fase 2 (185.040,36 €uros IVA excluido) hasta el fin de plazo de presentación de ofertas junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La acreditación de la solvencia económica y financiera podrá ser sustituida por lo que conste en el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o Registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que conste la clasificación en el grupo C ("EDIFICACIONES"). El referido certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación (Anexo 6).
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios, conforme al artículo 87 de la LCSP: Volumen anual de negocios o Seguro de indemnización por riesgos profesionales. - Volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas; que deberá ser al menos el valor estimado del contrato de la Fase 2 (185.040,36 €uros IVA excluido). Deberá acreditarse por medio de certificado o nota simple de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si la empresa está inscrita en dicho Registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La acreditación de la solvencia económica y financiera podrá ser sustituida por lo que conste en el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o Registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que conste la clasificación en el grupo C ("EDIFICACIONES"). El referido certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación (Anexo 6).