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Publicada: 28/9/2026Última actualización: 28/9/2026

Redacción de proyecto de reforma y ampliación de edificio para comedor escolar, aulas y cuarto de calderas en el CEIP Toros de Guisando en El Tiemblo

Importe (Sin Imp.)

33.884,30 €

Total: 41.000,00 €

Valor Estimado

33.884,30 €

Expediente

A2026/014065

Plazo Presentación

16/10/2026 (19:00:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de arquitectura; servicios de ingeniería y servicios integrados de ingeniería; servicios de planificación urbana y servicios de arquitectura paisajista. Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología. Servicios de ensayos y anílisis tícnicos

CPV

Elaboración de proyectos y diseños, presupuestos.(71242000)

Lugar de Ejecución

Duración

4 Mes(es)

Procedimiento

Abierto simplificado

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Dirección Provincial de Educación en Ávila

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Reuniones periódicas de seguimiento entre el equipo redactor y el Área Técnica de Construcciones10
Matemático
Precio u oferta económica35
Matemático
Mejor adecuación a la máxima eficiencia energética5
Juicio de Valor
Resolución de programa funcional.10
Juicio de Valor
Reducción del plazo de redacción del proyecto de ejecución.10
Matemático
Calidad de la arquitectura propuesta30
Juicio de Valor

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Código: 9

Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad

Código: 12

No prohibición para contratar

Código: 2

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Código: 8

Capacidad de obrar

Código: 1

Criterios Técnicos

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 23.719,01 € (con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato) A requerimiento del órgano de contratación, los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 90.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del Curriculum Vitae de cada uno de los perfiles.

Tipo: Técnicos o unidades técnicas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 23.719,01 € (con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato) A requerimiento del órgano de contratación, los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 90.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del Curriculum Vitae de cada uno de los perfiles.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 50.826,45 € (una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Tipo: Cifra anual de negocio
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