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Publicada: 28/9/2026Última actualización: 5/10/2026

Ensanche puente de acceso de la carretera LE-3414 a Rabanal de Luna

Importe (Sin Imp.)

344.665,01 €

Total: 417.044,66 €

Valor Estimado

344.665,01 €

Expediente

128/2026

Plazo Presentación

13/10/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Obras

Subtipo

Construcción

CPV

Trabajos de construcción de puentes.(45221110)

Lugar de Ejecución

Duración

4 Mes(es)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Urgente

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sena de Luna

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Criterios evaluables mediante fórmulas automáticas:100
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Criterios Técnicos

La solvencia técnica del empresario se acreditará mediante experiencia en la realización de obras del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. Forma de acreditación: se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable con una relación de obras ejecutadas, que contenga al menos dos obras en los últimos diez años de similares características por un importe cada una de ellas igual o superior al valor estimado del contrato, IVA excluido

Tipo: Otros
Criterios Económico-Financieros

2.3.3.1 Solvencia económica y financiera La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 LCSP mediante el Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato. Forma de acreditación: mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil u otro registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Y si no tuviera obligación, mediante seguro de indemnización por riesgos profesionales, por importe no inferior al valor estimado del contrato, y el compromiso de mantenerlo durante la ejecución del contrato. A los efectos del artículo 75, se podrá acreditar la solvencia económico-financiera basándose en los medios de otra entidad, siempre que la empresa licitadora aporte escritura de responsabilidad solidaria entre ambas empresas para la ejecución del presente contrato

Tipo: Otros
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