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Publicada: 28/9/2026Última actualización: 28/9/2026

Servicio de mantenimiento de grupos de presión, bombas y descalcificadores en la Universidad de Murcia

Importe (Sin Imp.)

198.000,00 €

Total: 239.580,00 €

Valor Estimado

594.000,00 €

Expediente

E-CON-2026-56/SE/AM

Plazo Presentación

27/10/2026 (14:00:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de mantenimiento y reparación

CPV

Servicios de reparación y mantenimiento de bombas.(50511000)

Lugar de Ejecución

Duración

2 Año(s)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

La duración de la Prórroga es de 3 años

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Recursos humanos9
Juicio de Valor
Metodología de funcionamiento del servicio a realizar16
Juicio de Valor
Descarbonización y reducción de la contaminación acústica en el Campus de Espinardo5
Matemático
Herramientas, materiales y equipos8
Juicio de Valor
Gestión medioambiental y de la calidad2
Juicio de Valor
Mejor oferta económica55
Matemático
Gestión integral de la sal para los descalcificadores5
Matemático

Requisitos de Participación

Clasificación Empresarial
P2-1
P2-1
Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Criterios Técnicos

Tener un sistema de recogida, transporte y tratamiento de residuos clasificados. Dentro del Catálogo Europeo de Residuos (LER), los residuos procedentes de la industria se hallan catalogados como residuos peligrosos. Estos residuos deben gestionarse debidamente siguiendo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Y el RD 1055/2022, de 27 de diciembre, de Envases y Residuos de Envases. Forma de acreditación: - Presentar un certificado de poseer gestor/es autorizado/s para la recepción de los residuos afines al contrato.

Tipo: Otros

Requisitos del personal técnico de mantenimiento. - El personal técnico de mantenimiento de equipos descalcificadores de agua de consumo humano debe demostrar competencia técnica, siguiendo rigurosamente las instrucciones del fabricante y la normativa vigente. Esta labor está regulada por Real Decreto 3/2023 también el RD 487/2022 y sus modificaciones, relativo a la prevención y tratamiento de la legionelosis y el Código Técnico de la Edificación (CTE) para instalaciones de agua potable. - Experiencia profesional establecida para la prestación del servicio. El personal de mantenimiento ha de tener una experiencia mínima de 3 años mínimo como oficial de primera fontanería. Formación y cualificación en prevención de riesgos laborales, inherentes al puesto de trabajo y a las labores a desempeñar. Forma de acreditación: - Currículos vitae del personal técnico de mantenimiento donde se acredite la formación y/o cualificación requerida. - Documento oficial de la Seguridad Social o cualquier otro, donde se acredite el grupo de cotización o grupo profesional del personal y el periodo trabajado en dicho grupo. - Certificado de realización y aprovechamiento de la formación en riesgos laborales.

Tipo: Otros

El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución de los últimos 3 años, que se computarán tomando como referencia el día final de presentación de ofertas, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, será el equivalente al 20% del importe del valor estimado, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, el importe del valor estimado sobre el que se aplicará dicho porcentaje será el correspondiente al lote o lotes a los que se presente oferta.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

Las empresas licitadoras deberán acreditar una solvencia económica y financiera tal, que la cifra anual de negocios en el ámbito al que se refiere el objeto del contrato, referido al año de mayor cifra de negocio de los tres últimos concluidos, sea de un importe igual o superior al 20% del importe del valor estimado. En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, el importe del valor estimado sobre el que se aplicará dicho porcentaje será el correspondiente al lote o lotes a los que se presente oferta.

Tipo: Cifra anual de negocio
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