Importe (Sin Imp.)
88.536,00 €
Total: 107.128,56 €
Valor Estimado
88.536,00 €
Expediente
MS260112
Plazo Presentación
13/10/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
30 Día(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Precio | 100 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante: Se requerirá una única relación de los suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, durante el periodo de un año (en el curso de, como máximo, los últimos tres años) cuyo importe acumulado a lo largo de este año sea igual o superior al 70% del Presupuesto Base de Licitación (61.975,20€) y en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se requerirá por los servicios dependientes del órgano de contratación que se acrediten los suministros entregados mediante la presentación de al menos DOS (2) certificados. Estos certificados deberán estar expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificados expedidos por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en su que acrediten la realización de la prestación. El importe acumulado de los certificados deberá ser igual o superior el 70% del presupuesto base de licitación (61.975,20€).
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante: El volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a ochenta y ocho mil quinientos treinta y seis euros (88.536€), una vez el valor estimado del contrato sin impuestos. Para ello se aportarán las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.