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Publicada: 25/9/2026Última actualización: 25/9/2026

Adquisición de un vehículo grúa destinado a la retirada de vehículos y adscrito a la Policía Local.

Importe (Sin Imp.)

72.727,00 €

Total: 87.999,67 €

Valor Estimado

72.727,00 €

Expediente

MIGUELTURRA2026/014059

Plazo Presentación

13/10/2026 (14:00:00)

Tipo de Contrato

Suministros

Subtipo

Adquisición

CPV

Vehículos de reparación de averías.(34144220)

Lugar de Ejecución

Duración

30 Día(s)

Procedimiento

Abierto simplificado

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Alcaldía del Ayuntamiento de Miguelturra

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Mejora de los tiempos de asistencia tecnica5
Matemático
Vehiculo de sustitucion5
Matemático
Oferta economica70
Matemático
Ampliacion del plazo de garantia5
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Capacidad de obrar

Código: 1

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

No prohibición para contratar

Código: 2

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Código: 8

Criterios Técnicos

Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (La acreditación solo se le requerirá al adjudicatario)

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos, deberá ser igual o superior a 109.090,50 euros, equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato. Se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil lo acreditarán mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. (La acreditación solo se le requerirá al adjudicatario)

Tipo: Cifra anual de negocio
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