Importe (Sin Imp.)
207.084,40 €
Total: 250.572,12 €
Valor Estimado
207.084,40 €
Expediente
1616/2026
Plazo Presentación
14/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Instalación de edificios y obras
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
7 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Ampliación del plazo de garantía | 35 | Matemático |
| Reducción del plazo de ejecución | 35 | Matemático |
| Menor precio ofertado por el licitador | 30 | Matemático |
Garantía Definitiva
5
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
El licitador deberá tener experiencia en la realización de obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años, que sean del mismo grupo y subgrupo de clasificación al que corresponde el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a la cantidad que se indica (equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato). La acreditación de la solvencia técnica se realizará, en el caso de obras ejecutadas para administraciones públicas, mediante certificados de buena ejecución expedidos por el funcionario competente que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y si se llevaron normalmente a buen término, y en caso de obras ejecutadas en otro ámbito, informe del técnico director de las obras o del responsable de la empresa u organismo promotor con las mismas indicaciones y contenido señalados anteriormente.
Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos, por importe igual o superior a la cantidad que se indica (equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato). El licitador deberá aportar sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. También se podrá acreditar la solvencia económica aportando declaraciones fiscales en las que se contenga expresamente la cifra anual de negocios.