Importe (Sin Imp.)
462.741,07 €
Total: 559.916,70 €
Valor Estimado
462.741,07 €
Expediente
62/2026
Plazo Presentación
28/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
51 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Experiencia del equipo | 20 | Matemático |
| Oferta económica más ventajosa para el Ayuntamiento | 40 | Matemático |
| Propuesta Técnica | 40 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Se acreditará mediante una relación de los principales servicios efectuados en el curso de los tres (3) últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, avalados por certificados expedidos o visados por el órgano competente (en caso de entidad del sector público) o mediante declaración responsable del empresario acompañada de la documentación que acredite la prestación del servicio (en caso de entidad privada), debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. En la relación acreditativa se indicarán los importes, fechas y destinatario público o privado de los servicios. Ademas se exigirá una solvencia adicional de. Adcripción obligatoria de medios personales, conforme cláusula 7 del PPT. Adscripción obligatoria de medios materiales, conforme a la clausula 12 del PCA.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.