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Publicada: 30/9/2026Última actualización: 30/9/2026

Explotación y gestión del bar-restaurante del polideportivo municipal de Magaluf, Calvià con ejecución de obra de reforma.

Importe (Sin Imp.)

52.563,50 €

Total: 63.601,83 €

Valor Estimado

14.080.750,00 €

Expediente

2026085

Plazo Presentación

16/10/2026 (14:00:00)

Tipo de Contrato

Patrimonial

Subtipo

Explotación de bienes inmuebles mediante arrendamiento

CPV

Servicios de gestión de bares.(55410000)

Duración

147 Mes(es)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Calviá

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

Podrá prorrogarse hasta un máximo de un (1) año más, llegado el vencimiento del contrato inicial.

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
2. Mejoras: Formación continua.20
Matemático
1.- Oferta económica80
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Capacidad de obrar

Código: 1

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Código: 9

No prohibición para contratar

Código: 2

Criterios Técnicos

La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante el apartado a) del artículo 90.1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 90.1 a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certifiados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

La solvencia económica y financiera se acreditará mediante el apartado a) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Art. 87.1 a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 400.000 euros. Se acreditará de la siguiente manera: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Tipo: Otros
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