Importe (Sin Imp.)
476.612,00 €
Total: 576.700,52 €
Valor Estimado
795.447,80 €
Expediente
1818755Z
Plazo Presentación
30/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Se establece la posibilidad de dos prórrogas de un año cada una de ella, por el importe máximo recogido en el cuadro del apartado C arriba dispuesto (123.672,00 € por año, más IVA correspondiente). La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica | 25 | Matemático |
| Criterios de valoración sujetos a juicio de valor (Calidad de la herramienta) | 47 | Juicio de Valor |
| Otros criterios automáticos | 28 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Los licitadores acreditarán su solvencia Técnica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que los trabajos realizados de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto de este acuerdo marco, en el curso de los tres últimos años. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica conforme a lo dispuesto en la Cláusula N del cuadro de características del PCAP. El licitador deberá acreditar que cumple la totalidad (2) de los criterios de solvencia técnica dispuestos a continuación: - Relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años del mismo tipo o naturaleza ("solución de gestión de personal" o "solución de Recursos Humanos", o equivalente, incluyendo "portal del empleado", en modalidad SaaS o cloud) al que corresponde el objeto del contrato. Requisito mínimo a acreditar: haber celebrado contratos al menos en TRES Diputaciones, Ayuntamientos u otras entidades locales cuyo ámbito territorial tenga una población superior a 80.000 habitantes (INE 2023), y que al menos en uno de los contratos, el sistema ofertado ya es operativo en la fecha que finaliza el plazo de presentación de ofertas. La Diputación consultará el INE a efectos de comprobar los datos correspondientes a la población. El importe mínimo a acreditar será igual o superior al 70% del valor anual medio del contrato (159.089,56), lo que equivale a 111.362,70 euros. Medio de acreditación: Certificados de buena ejecución, indicando importes, fechas y destinatario público. El certificado será expedido o visado por el órgano (de la Administración Pública) competente. - Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad: [...] Ver Letra N del PCAP.
Los licitadores acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP. El licitador podrá acreditar la solvencia económica y financiera por alguno de los siguientes medios dispuestos a continuación 1. Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos: - Requisito mínimo a acreditar: importe igual o superior a 200.000 euros. - Medio de acreditación: importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria 2. Patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales: - Requisito mínimo a acreditar: importe igual o superior a 1.000.000,00 euros. - Medio de acreditación: balance de las cuentas anuales aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil correspondiente. Ver Letra N del PCAP.