Importe (Sin Imp.)
293.217,30 €
Total: 322.539,03 €
Valor Estimado
733.043,25 €
Expediente
300/2026/02223
Plazo Presentación
8/2/2027 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de mantenimiento y reparación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
El contrato podrá prorrogarse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 LCSP, de forma expresa por acuerdo del órgano de contratación y con carácter obligatorio para la entidad adjudicataria, hasta alcanzar una duración máxima de 5 años, incluidos el plazo inicial y las sucesivas prórrogas.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Compromiso mantener plantilla mínima descrita en el PPT | 5 | Matemático |
| Mayor número de horas anuales de las previstas en el PPT | 25 | Matemático |
| Programación. | 25 | Juicio de Valor |
| Realizar un estudio de impacto | 15 | Matemático |
| Objetivos operativos e indicadores de evaluación. | 5 | Juicio de Valor |
| Organización y gestión | 10 | Juicio de Valor |
| Fundamentación, principios orientadores y metodología | 5 | Juicio de Valor |
| Oferta económica sobre el precio de licitación | 10 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
Artículo 90.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Acreditación de la solvencia técnica o profesional para empresas de nueva creación Artículo 90.1 de la LCSP: Apartado: e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.
Artículo 87.1 de la LCSP: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.