Importe (Sin Imp.)
19.000,00 €
Total: 19.000,00 €
Valor Estimado
76.000,00 €
Expediente
2746/2026
Plazo Presentación
13/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de educación y formación profesional
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Urgente
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Se podrán aprobar prórrogas de tres cursos adicionales de curso en curso.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mejor precio ofrecido | 49 | Matemático |
| Proyecto Técnico | 41 | Juicio de Valor |
| Mejoras. Fomentar la participación de personas con discapacidad física o sensorial en el Aulade Teatro | 10 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años), su solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio de acuerdo con lo dispuesto en el art. 90.1.b): Indicación del personal técnico que se encargará de ejecutar el contrato.
Se acreditará con los siguientes medios de acuerdo con lo dispuesto en el art. 90 LCSP: 1.- EQUIPO TÉCNICO: Se requerirá como mínimo contar que el responsable de la dirección artística y pedagógica del aula de teatro disponga del título oficial de arte dramático o titulación universitaria equivalente relacionada con las artes escénicas. Además el director artístico deberá acreditar una experiencia mínima impartiendo clases de teatro durante al menos tres cursos escolares. Dicha experiencia la acreditarán mediante certificados emitidos por las entidades, públicas o privadas, para las que desarrolló dicho trabajo, así como a través de cartas de recomendación, artículos de prensa, trabajo actoral en compañías de teatro, formación en escuelas de teatro, arte dramático o dramaturgia. Para el caso de que se disponga de más profesores que ejecuten el contrato, todos ellos deberán disponer de la experiencia mínima indicada (tres cursos escolares impartiendo clases de teatro). Para el caso de que el licitador sea una persona jurídica, se deberá acreditar que el director artístico del aula de teatro dispone de la experiencia y titulación mínimas indicadas, así como que el resto de profesores que se adscribirán al contrato disponen de experiencia en tres cursos escolares impartiendo clases de teatro.
Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el art. 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. El volumen de negocios mínimo exigido será al menos de una vez y media el valor anual medio del contrato). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositados en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en este registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en qué hubiere de estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá, de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo que se indica en la cláusula 9 de los PCAP. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario a tenor de lo que en ellos se disponga.