Importe (Sin Imp.)
137.253,40 €
Total: 166.076,61 €
Valor Estimado
137.253,40 €
Expediente
PA 300/2026
Plazo Presentación
2/11/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 2. PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA | 20 | Matemático |
| 1. METODOLOGÍA DE TRABAJO Y ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS | 40 | Juicio de Valor |
| 3. PRECIO | 40 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
La solvencia técnica deberá ser acreditada mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 105.685,12 euros. Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. La exigencia de este umbral se considera proporcionada a la entidad y complejidad de las obras, ya que permite garantizar que el contratista cuenta con experiencia acreditada en trabajos de naturaleza análoga, tales como pavimentaciones, firmes, asfaltados y actuaciones sobre infraestructuras viarias en servicio. La acreditación mediante relación de obras ejecutadas acompañada de certificados de buena ejecución constituye un medio idóneo para verificar la capacidad técnica del empresario, puesto que permite constatar no solo la experiencia previa en trabajos similares, sino también que éstos fueron ejecutados correctamente, dentro de los plazos establecidos y conforme a las reglas técnicas aplicables. La adecuación de este requisito resulta especialmente relevante en el presente contrato debido a la necesidad de compatibilizar la ejecución de las obras con el normal funcionamiento de las instalaciones hospitalarias, garantizando la seguridad de usuarios, personal sanitario y vehículos de emergencia, así como la correcta planificación de los trabajos para minimizar afecciones al acceso al Hospital.
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios anual exigido deberá ser igual o superior a: 205.880,10 euros. La acreditación de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante declaración del volumen anual de negocios del licitador, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen anual de negocios exigido deberá estar referido al ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación están aprobados por la Orden JUS/616/2022, de 30 de junio. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Asimismo, el volumen anual de negocios constituye un medio adecuado para acreditar la solvencia económica, al permitir verificar la capacidad de la empresa para gestionar contratos de una entidad económica similar a la presente licitación y afrontar los costes de personal, maquinaria, medios auxiliares, suministros y gastos de ejecución necesarios para su correcta realización.