Importe (Sin Imp.)
275.988,00 €
Total: 275.988,00 €
Valor Estimado
551.976,00 €
Expediente
1888538W
Plazo Presentación
19/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Administrativo especial
Subtipo
-
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
No especificada
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Urgente
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Por dos anualidades más (de año en año)
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS | 10 | Juicio de Valor |
| PLAN DE EXPLOTACIÓN | 20 | Juicio de Valor |
| IDIOMA PORTUGUES | 21 | Matemático |
| OFERTA ECONÓMICA | 49 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
No prohibición para contratar
Código: 2
Los licitadores acreditarán su solvencia Técnica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que los trabajos realizados de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto de este acuerdo marco, en el curso de los tres últimos años. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica conforme a lo dispuesto en la Cláusula N del cuadro de características del PCAP. Solvencia técnica mediante todos los aspectos siguientes: (artículo 88 LCSP) Por uno de los siguientes medios: 1. Una Relación de los servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, de cuantía igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (96.595,80 euros). Medio de acreditación: certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. 2. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. El requisito mínimo será de, al menos, una plantilla media anual equivalente al 50% del personal que se estima en el estudio de viabilidad de este contrato. [...] Ver letra N del PCAP.
Los licitadores acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP. Solvencia económica y financiera - Criterio a utilizar: Volumen anual de negocios - Requisito mínimo a acreditar: un 50% de la anualidad media del contrato, lo que supone 68.997,00 euros. Medio de acreditación: Se acreditará mediante certificado del importe neto de la cifra anual de negocios expedido por la Agencia Tributaria, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 11.4 a) del Reglamento 1.098/2001, en su redacción dada por R.D. 773/2015, de 28 de agosto. Ver letra N del PCAP.