Importe (Sin Imp.)
20.226,00 €
Total: 24.473,09 €
Valor Estimado
44.497,20 €
Expediente
2433360R
Plazo Presentación
20/10/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de mantenimiento y reparación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
El contrato podrá ser objeto prorroga dos años adicionales, que habrá de ser expresamente acordada con antelación a su vencimiento
Opciones
El contrato podrá ser objeto prorroga dos años adicionales, que habrá de ser expresamente acordada con antelación a su vencimiento, en caso contrario, quedará cancelado el servicio automáticamente en dicha fecha. No obstante, será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso por la Administración se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Cesión Gratuita de elementos de extinción (20 puntos) | 20 | Matemático |
| Mejora en el precio (80 puntos) | 80 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
La solvencia técnica y profesional del empresario deberá acreditarse, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 de la LCSP, por el siguiente medio que a continuación se indica: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que onstituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, por importe igual o superior al precio de licitación, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse, de conformidad con lo previsto en el artículo 87 de la LCSP, mediante: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del presente contrato