Importe (Sin Imp.)
6000,00 €
Total: 6489,00 €
Valor Estimado
18.000,00 €
Expediente
SE26015
Plazo Presentación
20/10/2026 (15:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios financieros: a) servicios de seguros; b) servicios bancarios y de inversión
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
El contrato tendrá una duración inicial de un (1) año, con la posibilidad de prorrogarse por periodos anuales hasta un máximo de dos (2) años adicionales (1+1), requiriendo para su eficacia el mutuo acuerdo expreso de ambas partes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 322 de la LCSP. La parte contratista podrá oponerse a la prórroga del contrato comunicándolo de forma fehaciente al órgano de contratación con una antelación mínima de cuatro (4) meses a la fecha de finalización del periodo inicial o de la prórroga en curso. En caso de que el contratista no manifieste su oposición en dicho plazo y Eléctrica de Cádiz solicite la prórroga, esta se entenderá aceptada. Justificación de la no obligatoriedad de la prórroga: El mercado de seguros de responsabilidad civil de administradores (D&O) es muy restrictivo. En consecuencia, imponer prórrogas obligatorias podría provocar que la licitación quede desierta o las primas se encarezcan drásticamente.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Periodo adicional de notificaciones | 10 | Matemático |
| Oferta económica | 90 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Relación de los principales contratos de seguros de responsabilidad civil de administradores suscritos durante los últimos tres (3) años, indicando su importe, fechas y destinatario. Se deberá acreditar la existencia de al menos tres (3) contratos de importe igual o superior al presupuesto base de licitación.
Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.