Importe (Sin Imp.)
38.842,11 €
Total: 46.998,95 €
Valor Estimado
77.957,32 €
Expediente
22/2026
Plazo Presentación
15/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Mes(es)
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Asimismo, el presente contrato será susceptible de prórroga expresa, de forma anual, por dos años más (dos temporadas navideñas más), sin que, en total, la duración del contrato pueda exceder de cuatro años, prórroga incluida.
Opciones
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. Las fechas de realización de la Feria de Navidad del año 2027 y de los correspondientes a las eventuales prórrogas, serán comunicadas por el/la responsable del contrato con la suficiente antelación al adjudicatario una vez establecida la fecha concreta de celebración de la feria por la unidad gestora del contrato.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica-precio | 40 | Matemático |
| Compromiso de la empresa licitadora de incrementar la cualificación del personal adscrito a la ejecución del contrato mediante acciones formativas complementarias directamente relacionadas con la prestación del servicio | 15 | Matemático |
| Compromiso de la empresa licitadora a realizar talleres o actividades enmarcadas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible en los que se basa la Agenda 2030 de las Naciones Unidas | 15 | Matemático |
| Sistema de gestión y aseguramiento de la calidad del servicio | 25 | Matemático |
| Mejoras | 5 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
Código: 7
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Una relación de los principales servicios realizados por el licitador de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 13.642,53 euros (70% de la anualidad media del contrato), en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; incorporando un mínimo de un certificado expedido por éstos de servicios análogos o similares al objeto de contratación. En dichos certificados deberá constar el precio del contrato, la duración, el objeto de la prestación, las fechas de contratos y la Entidad contratante.
Declaración sobre el volumen anual de negocios por importe igual o superior a 77.957,32 euros (valor estimado del contrato) y referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos conclusos o disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, o en caso contrario en el registro oficial en el que haya de estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil o Registro oficial que corresponda.