Importe (Sin Imp.)
25.195,72 €
Total: 30.486,82 €
Valor Estimado
52.371,44 €
Expediente
2026041870 (2824)
Plazo Presentación
26/10/2026 (15:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de mantenimiento y reparación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
24 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Estos contratos podrán prorrogarse hasta dos años más, de forma anual. El acuerdo de prórroga será adoptado por la Junta de Gobierno Local antes del transcurso del plazo, y con preaviso a la adjudicataria con, al menos, dos meses de antelación al transcurso del término inicial o del prorrogado. Dicha prorroga será obligatoria para el adjudicatario
Descripción de Solvencia
Ver art. 10 de PCAP
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No prohibición para contratar
Código: 2
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del lote respectivo en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos Requisitos mínimos de solvencia: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del lote, sin IVA. La acreditación documental se efectuará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En el supuesto de empresas de nueva creación, con una antigüedad inferior a cinco años, se podrá además acreditar su solvencia técnica, conjuntamente, mediante una declaración descriptiva del equipo técnico y medios materiales de que dispone para la ejecución del contrato, y la declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada, en ambos casos, de documentación justificativa suficiente.
Mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Se considerará como volumen de negocio mínimo, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles, la cantidad equivalente al doble del valor anual sin IVA del lote o lotes a los que presente oferta. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, o mediante declaración del Impuesto sobre sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o, en su defecto, mediante declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa acompañada de copia las declaraciones tributarias que lo respalden (IRPF o resumen anual de IVA)