Importe (Sin Imp.)
53.627,54 €
Total: 64.889,32 €
Valor Estimado
53.627,54 €
Expediente
A2027/000037
Plazo Presentación
23/10/2026 (15:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
4 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Calidad de la oferta | 10 | Matemático |
| Oferta económica | 49 | Matemático |
| Calidad de la metodología propuesta para la realización del estudio | 41 | Juicio de Valor |
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituye el objeto del contrato, como máximo los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha, el destinatario público o privado de los mismos por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV o al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros. Los servicios realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o a falta de este certificado, mediante una declaración responsable acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante una declaración del licitador indicando la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar, no pudiendo superar la subcontratación el 50% del total del contrato.
Se exige que el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, sea al menos 1,5 veces el valor estimado del contrato. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.