Importe (Sin Imp.)
276.149,73 €
Total: 334.141,17 €
Valor Estimado
276.149,73 €
Expediente
14002/2026 ABI OBRAS
Plazo Presentación
19/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil (puentes, túneles, etc.)
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
6 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Urgente
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 3.- Reducción plazo ejecución | 9 | Matemático |
| 1. Oferta económica | 85 | Matemático |
| 2.- Ampliación plazo de garantía | 6 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Capacidad de obrar
Código: 1
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No prohibición para contratar
Código: 2
Relación de las principales obras o trabajos realizados en los últimos cinco años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Criterios de selección: - Relación de obras ejecutadas en los cinco últimos años que sean de la misma naturaleza que el objeto del presente contrato, indicando el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, cuyo requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, IVA excluido.
Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. El año de mayor volumen de negocio entre los tres últimos concluidos deberá ser como mínimo el 70% del valor estimado del contrato. Se acreditará mediante: Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil