Importe (Sin Imp.)
1.317.845,49 €
Total: 1.594.593,04 €
Valor Estimado
1.449.630,04 €
Expediente
1568710P
Plazo Presentación
2/11/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción de autopistas,carreteras, campos de aterrizaje, vías férreas y centros deportivos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
5 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| AMPLIACIÓN DE GARANTÍA | 15 | Matemático |
| OFERTA ECONÓMICA (PRECIO MÁS BAJO) | 85 | Matemático |
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
No prohibición para contratar
Código: 2
Concreción de las condiciones de solvencia. Las empresas licitadoras, sean o no españolas, deberán adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales indicados en la letra F.5 del cuadro de características del contrato del PCAP (cargadora, camión con caja basculante y extendedora asfáltica). Y sólo si resultan propuestas como adjudicatarias, previo requerimiento, deberán presentar la documentación acreditativa indicada en dicha letra.
La clasificación es obligatoria, salvo para EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO. Estos únicamente deberán incluir en el sobre único el anexo 1 del PCAP, y en el caso de resultar propuestos para la adjudicación, deberán presentar, previo requerimiento, la documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional (letra F.3.A del PCAP). Cuando la clasificación G-4-34sea obligatoria, los licitadores únicamente deberán incluir en el sobre único el anexo 1 del PCAP, ya que la documentación acreditativa de ostentar dicha clasificación sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta. Ver, a este respecto, la cláusula 20.2 del PCAP.
a clasificación es obligatoria, salvo para EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO. Estos únicamente deberán incluir en el sobre único el anexo 1 del PCAP, y en el caso de resultar propuestos para la adjudicación, deberán presentar, previo requerimiento, la documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional (letra F.3.B del PCAP). Cuando la clasificación G-4-4 sea obligatoria, los licitadores únicamente deberán incluir en el sobre único el anexo 1 del PCAP, ya que la documentación acreditativa de ostentar dicha clasificación sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta. Ver, a este respecto, la cláusula 20.2 del PCAP.
La clasificación es obligatoria, salvo para EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO. Estos únicamente deberán incluir en el sobre único el anexo 1 del PCAP, y en el caso de resultar propuestos para la adjudicación, deberán presentar, previo requerimiento, la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera (letra F.2 del PCAP). Cuando la clasificación G-4-4 sea obligatoria, los licitadores únicamente deberán incluir en el sobre único el anexo 1 del PCAP, ya que la documentación acreditativa de ostentar dicha clasificación sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta. Ver, a este respecto, la cláusula 20.2 del PCAP.