Importe (Sin Imp.)
821.372,52 €
Total: 993.860,74 €
Valor Estimado
2.053.431,30 €
Expediente
1414/2026
Plazo Presentación
12/11/2026 (15:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de informítica y servicios conexos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Posibilidad de realizar tres prórrogas por periodos de 12 meses cada una
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Prestaciones, funcionalidades o mejoras adicionales | 10 | Juicio de Valor |
| Plan de puesta en marcha y devolución del servicio | 10 | Juicio de Valor |
| Plan de explotación y gestión de incidencias de servidores y puestos de trabajo | 15 | Juicio de Valor |
| Medidas organizativas que garanticen la estabilidad del equipo de trabajo, capacitación técnica y optimización de procesos de soporte | 10 | Juicio de Valor |
| oferta económica | 55 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Los licitadores acreditarán su solvencia Técnica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que los trabajos realizados de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto de este contrato, en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, son de importe igual o superior en el año de mayor ejecución a 347851,25 Euros. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica.
Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera, según art. 87 LCSP, con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP y en el que acreditará disponer de una Póliza de aseguramiento de responsabilidad civil por riesgos profesionales (RC) con un importe de cobertura igual o superior a 200.000 euros. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, la existencia de una póliza de aseguramiento mediante fotocopia compulsada del recibo original o con una certificación de la entidad aseguradora e incluir un compromiso de su renovación o prórroga. (Ver Apartado L del Anexo I al PCAP), sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de
Los licitadores acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, es de un importe igual o superior a 745.395,55 euros. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.