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Publicada: 7/10/2026Última actualización: 7/10/2026

Contrato de Servicios de adaptación a comunicación clara y lectura fácil de los principales contenidos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

Importe (Sin Imp.)

45.411,04 €

Total: 54.947,36 €

Valor Estimado

45.411,04 €

Expediente

300/2026/01286

Plazo Presentación

27/10/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de informítica y servicios conexos

CPV

Servicios TI: consultoría, desarrollo de software, Internet y apoyo., Servicios de tratamiento de textos., Servicios de ofimática., Servicios de edición., Servicios de diseño gráfico.(72000000, 79552000, 72513000, 79970000, 79822500)

Lugar de Ejecución

Duración

6 Mes(es)

Procedimiento

Abierto simplificado

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Coordinación General de la Alcaldía

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
2.3.- Formación en accesibilidad web y cognitiva10
Matemático
1.2 Propuesta de accesibilidad cognitiva10
Juicio de Valor
2.2.- Validación por grupos de usuarios vinculados a entidades o asociaciones20
Matemático
2.1 Oferta económica40
Matemático
1.1 Calidad técnica de la propuesta metodológica15
Juicio de Valor
2.4.- Presentación de contenidos, teóricos y prácticos de lectura fácil y comunicación clara, y soporte a gestores del Ayuntamiento de Madrid5
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

No prohibición para contratar

Código: 2

Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad

Código: 12

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Capacidad de obrar

Código: 1

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Criterios Técnicos

a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. La determinación del volumen mínimo se ha definido a partir de lo recogido en el artículo 90.2 de la LCSP, esto es, el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato.

Tipo: Trabajos realizadosUmbral: 31787.73

Empresas de nueva creación: Artículo 90.1 letra e): De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90.4 de la LCSP; en los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal, aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará de acuerdo con lo establecido en las letras b) a i) del artículo 90.1 de la LCSP.e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: En el presente contrato la solvencia técnica se acreditará conforme a lo previsto en el artículo 90.1.e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Se entenderá acreditada la solvencia cuando la titulación del responsable de la ejecución el contrato y suplente sea de nivel superior (grado o licenciatura).

Tipo: Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución
Criterios Económico-Financieros

a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor de la anualidad del contrato excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros.

Tipo: Cifra anual de negocioUmbral: 31787.73
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